Crea la Comisión Especial para la Evaluación de la Situación de Arroyo Valcheta

Artículo 1.

Se crea la Comisión Especial de Evaluación de la Situación del Arroyo Valcheta, que está integrada por:

a) Los tres (3) legisladores por el Circuito Electoral de la Línea Sur y los tres (3) legisladores por el Circuito Electoral Zona Atlántica.

b) Dos (2) representantes del Departamento Provincial de Aguas, correspondientes uno (1) a la Intendencia General de Hidráulica y Saneamiento y uno (1) a la Intendencia General de Riego.

c) Un (1) representante de Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima a determinar por esta institución.

d) Un (1) representante del Poder Ejecutivo Municipal de Valcheta.

e) Dos (2) representantes del Concejo Deliberante de Valcheta, uno (1) por la mayoría y uno (1) por la minoría.

f) Un (1) representante de la Secretaría de Planificación de la Provincia de Río Negro.

g) Un (1) representante del Ente para el Desarrollo de la Línea Sur y Región Sur.

h) Dos (2) representantes de la Secretaría de Ambiente Desarrollo Sustentable de Río Negro.

i) Un (1) representante de los Productores de Valcheta.

j) Un (1) representante del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Presidirá la comisión un (1) legislador que represente a la mayoría parlamentaria. Asimismo, designará dos (2) vicepresidentes y un (1) secretario ejecutivo ad-honórem a propuesta del Departamento Provincial de Aguas, el que deberá reunir la formación técnica que demanda la atención de los fines de la presente ley.



Artículo 2.

La Comisión Especial de Evaluación de la Situación del Arroyo Valcheta tiene las siguientes funciones:

a)Realizar una evaluación de la situación actual del Arroyo Valcheta, tales como sus usos, la calidad de sus aguas, el cauce del arroyo, entre otras características que puedan resultar de interés para tomar un conocimiento exhaustivo de dicho curso de agua, como asimismo deberá dictaminar sobre la viabilidad de distintas iniciativas que históricamente se formularon para su mejor aprovechamiento, como la construcción del "Dique de Arroyo Valcheta".

b)Prever futuros escenarios del Arroyo Valcheta.

c)Analizar los problemas que se presentan en cuanto a la irrigación de chacras aledañas, a la capacidad de caudal que tiene el arroyo, a las condiciones de las obras de infraestructura realizadas con anterioridad, a la provisión de agua potable para el consumo humano y para la industria en las localidades y parajes que se abastecen del mismo, entre otros.

d)Identificar cuáles son los problemas más acuciantes a resolver respecto a esta temática y plantear soluciones a los mismos, teniendo en cuenta los distintos aspectos sociales, económicos y medioambientales que sean involucrados en cada una de las soluciones presentadas.



Artículo 3.

La Comisión Especial de Evaluación de la Situación del Arroyo Valcheta podrá pedir asesoramiento técnico a los organismos que considere necesarios, quedando a criterio de la misma la información a solicitar.



Artículo 4.

La comisión deberá producir un informe sobre el objeto de su creación en un plazo no mayor de seis (6) meses, el que podrá ser prorrogado por tres (3) meses y de manera automática, por decisión de la mayoría absoluta de los miembros de la misma.



Artículo 5.

Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.