Adhiere a Ley 26.892 Promoción de la Conviviencia y el Abordaje de la Conflictividad Social en las Instituciones Educativas

Artículo 1. Objeto

Se adhiere a la ley n° 26.892 "Para la promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas" y que forma parte de la presente como Anexo I.



Artículo 2. Autoridad de aplicación

El Ministerio de Educación y Derechos Humanos es la autoridad de aplicación de la presente a través del Consejo Provincial de Educación.



Artículo 3. Reglamentación

El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente dentro de los noventa (90) días de su sanción.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.