Incorpora la temática de primeros auxilios en la enseñanza de nivel secundario

Artículo 1. Objeto

Se incorporan en la enseñanza de nivel secundario pública de gestión estatal y/o de gestión privada, en todo el territorio provincial y con carácter obligatorio, las temáticas referidas a primeros auxilios.



Artículo 2. Autoridad de aplicación

Es autoridad de aplicación de la presente el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, el que debe incorporar la temática en la currícula escolar de nivel secundario.



Artículo 3. Temática comprendida

La temática debe incluir como mínimo los siguientes temas de primeros auxilios básicos:

a) Comportamiento en caso de incendios.

b) Mecanismos de evacuación y organización de roles de emergencia.

c) Incendios forestales (donde corresponda).

d) Inundaciones (donde corresponda).

e) Primeros auxilios en balnearios y cursos de agua en general.

f) Comportamiento en movimientos sísmicos.

g) Comportamiento ante caída de ceniza.

h) Comportamiento ante apagón general de energía eléctrica.

i) Mecanismos de supervivencia en la montaña.

j) Supervivencia en otros ámbitos naturales hostiles.

k) Conocimiento y acciones frente a insectos y otros animales peligrosos.

l) Técnicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) o Reanimación Cardiorrespiratoria (RCR) conforme lo dispuesto en la ley Nº 4858.

m) Intervención en accidentes de tránsito.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.