DeclÁrase de utilidad pública y sujeto a compraventa y/o expropiación, el inmueble determinado como: Lote 2, proveniente de la Mensura Particular con Unificación y Fraccionamiento de las Fracciones A-B-C y D, del Lote Agrícola 128, de Colonia Bonpland, Municipio Bonpland, Departamento Candelaria, Provincia de Misiones; con una superficie total de treinta y ocho hect reas, ochenta y un reas, cuarenta y seis centi reas y sesenta y tres decímetros cuadrados (38has. 81as. 46cas. 63dm2), según Plano de Mensura N.° 14.150; Nomenclatura Catastral: Departamento 03, Municipio 09, Sección 18, Chacra 000, Manzana 000, Parcela 345, Partida Inmobiliaria 4679; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Real - Matrícula 4228, Departamento Candelaria (03), a nombre de Ernesto Miguel Hlozek.
La presente Ley tiene por finalidad regularizar dominialmente el inmueble individualizado en el Artículo 1 y destinarlo a esparcimiento público.
Facúltase a la Municipalidad de Bonpland a actuar en calidad de sujeto expropiante conforme lo establece la Ley IV - N.º 14 (Antes Decreto Ley 1105/79).
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley ser n imputados a las partidas específicas del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial vigente.