Establécese la "Semana de la Juventud" del 12 al 18 de agosto de cada año, dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Políticas de Juventud o el organismo que en su futuro lo reemplace, coordinará durante la semana mencionada en el artículo 1°, actividades en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tendientes a fomentar el rol activo de los y las jóvenes en la sociedad.
Comuníquese, etc.