Día del Director/a Audiovisual

Artículo 1.

Institúyase el día 23 de julio de cada año como Día del Director/a Audiovisual, en conmemoración de la creación de la entidad Directores Argentinos Cinematográficos (DAC).



Artículo 2.

La fecha mencionada en el artículo 1° de la presente ley queda incorporada al calendario de actos y conmemoraciones oficiales.



Artículo 3.

El Poder Ejecutivo nacional dispondrá la realización de actividades en las que se destaque la importancia de la creación audiovisual e impulsará la más amplia difusión de la celebración, a través de los mecanismos de comunicación oficial.



Artículo 4.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.