Reconocimiento a Fray Mamerto Esquiú como una de las personalidades sobresalientes del Bicentenario de la Patria

Artículo 1.

Reconózcase a Fray Mamerto Esquiú como una de las personalidades sobresalientes del Bicentenario de la Patria.



Artículo 2.

Dispóngase que el Congreso de la Nación coloque una placa conmemorativa en el templete que alberga la casa natal de Fray Mamerto Esquiú, donde exprese el reconocimiento mencionado en el artículo 1°, conforme las disposiciones del decreto reglamentario 84.005/41 de la ley 12.665



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.