Protocolo sobre el Comercio de Servicios entre Mercosur y Chile

Artículo 1.

Apruébase el PROTOCOLO SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS ENTRE MERCOSUR Y CHILE, aprobado en Montevideo -REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY- el 27 de mayo de 2009, que consta de VEINTICUATRO (24) artículos y TRES (3) anexos, cuyas fotocopias autenticadas forman parte de la presente ley.



Artículo 2.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.