Declaración como monumento histórico nacional al antiguo puente carretero de una sola mano situado en el sitio denominado La Rinconada en la localidad neuquina de Junín de los Andes

Artículo 1.

Declárese monumento histórico nacional al antiguo puente carretero de una sola mano situado en el sitio denominado La Rinconada en la localidad neuquina de Junín de los Andes y ubicado sobre el río Aluminé y Collón Curá en la intersección de las rutas 234 y 40.



Artículo 2.

La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la ley 12.665, modificada por su similar 24.252, en su reglamentación y en las normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.



Artículo 3.

Comuníquese al Poder Ejecutivo.