Acuerdo sobre Cooperación Técnica entre la República Argentina y Antigua y Barbuda

Artículo 1.

Apruébase el Acuerdo sobre Cooperación Técnica entre la República Argentina y Antigua y Barbuda, celebrado en la ciudad de Saint John's -Antigua y Barbuda- el 13 de junio de 2013, que consta de catorce (14) artículos, cuya copia autenticada, en el idioma español e inglés forma parte de la presente ley.



Artículo 2.

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.