Créase un Tribunal de Trabajo con competencia territorial sobre el Departamento Judicial de Bahía Blanca con asiento en la ciudad del mismo nombre.
Autorízase al Poder Ejecutivo, a ordenar el Texto de la Ley N° 5.827, Orgánica del Poder Judicial (T.O. por Decreto N° 3.702/92), en función de las modificaciones introducidas por la presente.
Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar dentro del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente, las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.