Adhiérase la Provincia de Tucumán al Programa Federal de Fortalecimiento Operativo de las Areas de Seguridad y Salud, dispuesto en el marco del Decreto Nacional N° 1765 de fecha 3 de Octubre de 2014 y demás normas reglamentarias y/o complementarias.
Facúltase al Poder Ejecutivo a tomar créditos, por hasta la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($25.000.000), en las condiciones financieras que se establezcan en el Programa mencionado en el Articulo 1.
El Poder Ejecutivo queda facultado para ceder en garantía de pago de capital, intereses y gastos de los créditos que se tomen en el marco de la presente Ley, los recursos provenientes de lo dispuesto en los Artículos 1°, 2° y 3° del ACUERDO NACION PROVINCIAS SOBRE RELACION FINANCIERA y BASE DE UN REGIMEN DE COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS, ratificado por la Ley N° 25.570, o régimen que lo sustituya.
Exímese de la totalidad de impuestos provinciales a toda operatoria a la que se refiere la presente Ley.
Comuníquese