Institúyese un Régimen de Apoyo a Instituciones Deportivas de la Provincia de Entre Ríos que participen en competencias de alcance nacional en las disciplinas fútbol, básquetbol, voleibol, ciclismo y atletismo.
Institúyese un Régimen de Apoyo a las Ligas de Fútbol, Asociaciones de Básquetbol y clubes oficialmente reconocidos, directa o indirectamente afiliados a las Federaciones Entrerrianas de Fútbol y de Básquetbol de Entre Ríos.
Institúyese un Régimen de Apoyo al Deporte Federado y a las instituciones que lo representen en el ámbito de la Provincia.
Institúyese un Programa Provincial de Becas Deportivas.
Establécese que los gastos que demande el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley serán atendidos con los fondos y partidas correspondientes al Fondo Provincial del Deporte (FO.PRO.DER).
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los ciento ochenta (180) días de su entrada en vigencia, conforme a las normas preexistentes dictadas para los mencionados regímenes.
Dispónese la continuidad y aplicación de la normas preexistentes, para el cumplimiento y ejecución de los objetivos propuestos por el Poder Ejecutivo hasta su efectiva reglamentación.
Comuníquese, etcétera.