Establécese la obligatoriedad de entonar la Marcha de las Malvinas a continuación de las estrofas del Himno Nacional Argentino, en todos los actos cívicos o cívicos militares, que se desarrollen en el territorio de la provincia de Salta.
Lo instituido en el artículo 1º, también será obligatorio en los actos escolares de los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades de la Educación Formal y No Formal del Sistema Educativo.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.