Apruébase el Acuerdo Marco denominado "Programa Convergencia de Tarifas Eléctricas y Reafirmación del Federalismo Eléctrico en la República Argentina, durante el Año 2015" suscripto el 22 de enero de 2015, entre la Nación y el Gobierno de la provincia de La Pampa, que forma parte integrante de la presente Ley, por el cual la Provincia adhiere al Programa de Convergencia de Tarifas Eléctricas y Reafirmación del Federalismo Eléctrico mediante el Convenio suscripto el 15 de abril de 2014, aprobado por la Ley 2824; con el objeto de ratificar la vigencia de los compromisos asumidos en dicha oportunidad, retrotraer los precios de las tarifas eléctricas al 31 de diciembre de 2013 y mantenerlos hasta el 31 de diciembre de 2015.
Apruébase el Convenio Instrumental para Obras de Distribución Eléctricas en la provincia de La Pampa, suscripto el 20 de enero de 2015, entre el Ministerio de Planificación Federal, inversión Pública y Servicios y la provincia de La Pampa, que forma parte integrante de la presente Ley y por el cual las partes ratifican los compromisos establecidos en el Programa de Convergencia de Tarifas Eléctricas y Reafirmación del Federalismo Eléctrico en la República Argentina y se establece el Plan de Inversiones para Distribuidoras y Cooperativas por hasta PESOS DOSCIENTOS SESENTA MILLONES ($260.000.000,00) con impuestos incluidos.
Facúltase al Poder Ejecutivo a firmar las addendas y/o convenios complementarios necesarios para hacer operativo el programa previsto en el artículo 1o y a realizar las reestructuras presupuestarias correspondientes, a efecto del cumplimiento del Convenio.
Comuníquese al Poder Ejecutivo