Rescate de la historia y cultura de los municipios y creación de un Museo Histórico Cultural en cada Municipalidad

Artículo 1.

Establécese la realización de un trabajo de rescate de la historia y cultura de los municipios de la Provincia, consistente en la recuperación y recopilación sistemática de los componentes culturales mediante informantes claves, con la participación activa de toda la población y cuyos avances deben estar disponibles para su acceso en forma gratuita.-



Artículo 2.

Créase en cada Municipio un "Museo Histórico-Cultural" local, para exposición y difusión de todo el material recopilado, de conformidad a lo establecido por la Ley VI - Nro. 143.-



Artículo 3.

Determínase que el trabajo de campo y posterior recopilación y digitalización de todo el material disponible, esté a cargo de la Secretaría de Cultura o el organismo que corresponda a cada Municipio, la cual asignará funciones a personal idóneo para dicha tarea.-



Artículo 4.

Invítase a los Municipios a adherirse a la presente Ley.-



Artículo 5.

Comuniquese al Poder Ejecutivo provincial.-