Dispónese la colocación de señalética de carácter informativo referida a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur, en distintos puntos de la Ciudad, de acuerdo con lo que se prescribe en los artículos siguientes.
La señalética consiste en una flecha que indica, en cada caso, la dirección y la distancia a la que se encuentra desde el lugar de su emplazamiento, con respecto al área más cercana de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur.
La cantidad de señales a colocar son de dieciséis a ubicarse en los siguientes lugares:
a. Una en la zona delimitada entre Avenida Córdoba, Cerrito, Lima, Avenida. de Mayo, Bernardo de Irígoyen y Carlos Pellegrini.
b. Una dentro de los límites geográficos de cada comuna.
Para la determinación de los sitios donde se ubicará la señalética en los casos del inciso b) del artículo 3° el Poder Ejecutivo, realizará una consulta con las respectivas Juntas Comunales.
En todos los casos debe buscarse que los lugares de emplazamiento sean punto de desplazamiento y concentración de ciudadanos, ciudadanas y visitantes.
Comuníquese, etc.