Créase el Programa de Formación y Ayuda Social denominado "TUCUMAN MANOS A LA OBRA", tendiente a la inclusión de beneficiarios afectados a la formación y capacitación laboral.
Será Autoridad de Aplicación el Ministerio de Interior, quien hará efectiva la aplicación de este Programa a través de convenios individuales con Municipios que adhieran y Comunas, en donde se detallarán todas las características de los servicios requeridos, sus modalidades, tiempo, forma y lugar de desarrollo de tareas.
Los beneficiarios de este Programa, no deberán estar en relación de dependencia con ningún Organismo Nacional, Provincial, Municipal o Comunal. No podrán ser beneficiarias aquellas personas que se encuentren acogidas a cualquier régimen jubilatorio o perciban algún tipo de Plan Social Nacional, Provincial, Municipal o Comunal, con excepción de los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo.
Los beneficiarios del Programa, gozarán de una retribución mensual, la que no podrá ser inferior al 22,5% ni mayor del 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil.
Este Programa se adhiere al Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social establecido en la Ley Nacional N° 25.865, debiendo los beneficiarios adherir al sistema.
Los beneficiarios realizarán una contraprestación, la cual será determinada en su modalidad de tiempo y forma por el organismo solicitante y de acuerdo a las necesidades de cada comunidad.
El Programa TUCUMAN MANOS A LA OBRA, tendrá una duración de dos (2) años a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, pudiendo renovarse por igual período.
El plazo del beneficio tendrá una duración mínima de dos (2) meses hasta seis (6) meses como máximo y podrá renovarse por única vez, debiéndose comunicar de manera fehaciente a cada beneficiario.
Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las compensaciones de partidas que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
Invítase a los Municipios a adherir a lo establecido por la presente Ley.
Comuníquese