Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación -para la ampliación del IPEM Nº 370 de la localidad de Los Chañaritos, Departamento Cruz del Eje, a efectos de la realización de las practicas de la especialidad en Agroambiente de la institución-, una fracción del inmueble ubicado en el lugar denominado Los Chañaritos, Pedanía y Departamento Cruz del Eje, Provincia de Córdoba, que en el Plano de Mensura y Subdivisión inscripto en Protocolo de Planos Nº 60699 y en Planilla Nº 86224, se designa como Lote 3, Número de Cuenta 14-01-1514545-9 e inscripto en el Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula Nº 1.036.687, con una superficie a expropiar de dos mil novecientos cuarenta metros cuadrados (2.940,00 m2) de conformidad al croquis que, como Anexo I compuesto de una foja útil, se acompaña y forma parte integrante de la presente Ley.
Las medidas lineales, angulares y de superficie definitivas serán las que resulten de las operaciones de mensura que se realicen a los fines del cumplimiento de la presente Ley, debiendo la Dirección General de Catastro de la Provincia efectuar las tareas pertinentes a tal objeto, conforme las previsiones de la Ley Nº 6394
El inmueble que se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación por la presente Ley ingresará al dominio privado de la Provincia de Córdoba y se inscribirá en el Registro General de la Provincia.
El Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente a fin de reflejar presupuestariamente lo establecido en el artículo 1º de la presente Ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial