Institúyese el Día Nacional de los/as afroargentinos/as y de la cultura afro
Artículo 1.
Institúyese el día 8 de noviembre como “Día Nacional de los/as afroargentinos/as y de la cultura afro” en conmemoración de María Remedios del Valle, a quien el General Manuel Belgrano le confirió el grado de Capitana por su arrojo y valor en el campo de batalla.
Artículo 2.
Incorpórase el día 8 de noviembre como “Día Nacional de los/as afroargentinos/as y de la cultura afro” al calendario escolar.
Artículo 3.
Encomiéndese al Ministerio de Educación de la Nación, a través del Consejo Federal de Educación y las autoridades educativas de las distintas jurisdicciones, acordar la incorporación a los contenidos curriculares del sistema educativo, en sus distintos niveles y modalidades, la conmemoración de dicho día y la promoción de la cultura afro.
Artículo 4.
Encomiéndese a la Secretaría de Cultura de la Nación la conmemoración del “Día Nacional de los/as afroargentinos/as y de la cultura afro” a través de políticas públicas que visibilicen y apoyen a la cultura afro en sus distintas disciplinas.
Artículo 5.
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.852 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.