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Derechos de los Consumidores y Usuarios Artículo 7 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Derechos de los Consumidores y Usuarios Jujuy
Artículo 7. IMPUTACION DE OFICIO

El Acta Labrada con las formalidades indicadas, configura un formal auto de imputación por presunta infracción a la normativa mencionada en el Artículo 4 de la presente Ley, haciendo plena fe de su contenido salvo declaración de falsedad determinada en proceso judicial de redargución. De ella, se debe dejar una copia en poder de la persona con quien se entiende la inspección. En caso de negarse a recibirla, debe ser fijada en la puerta del domicilio donde la inspección se llevó a cabo, junto con la suscripción de dos testigos.

En el mismo acto se notificará al presunto infractor para que dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes presente, en su caso, descargo y ofrezca pruebas que hagan a su derecho ante la Autoridad de Aplicación, en los términos del Artículo 19 y ss. de la presente Ley y su reglamentación.-



Provincia de Jujuy Artículo 7 Derechos de los Consumidores y Usuarios. Procedimiento administrativo para la efectiva tutela
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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