Imprimir

Declárase de Interés Público Provincial el Sistema de Transporte Público Artículo 9 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Declárase de Interés Público Provincial el Sistema de Transporte Público Mendoza
Artículo 9. Del Estatuto

La STM se conformará de acuerdo al Estatuto que figura como Anexo I en la presente Ley. El Poder Ejecutivo podrá realizar aumentos de capital mediante Asamblea Extraordinaria, tanto el previsto en la presente Ley como los futuros a realizarse, aunque ello implique modificación del Estatuto de la STM.

La Secretaría de Servicios Públicos designará una persona autorizada para realizar todos los trámites necesarios ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, la Dirección de Registro Público, la Dirección de Personas Jurídicas y todo otro organismo tanto público o privado, internacional, provincial o municipal para la constitución de la Sociedad de Transporte de Mendoza hasta su definitiva inscripción en el Registro Público.



Provincia de Mendoza Artículo 9 Declárase de Interés Público Provincial el Sistema de Transporte Público de pasajeros, mediante vehículos propulsados por impulsores eléctricos
Artículo 1 ...7 8 9 10 11 ...21

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse