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Decláranse sitios de memoria del terrorismo de estado, a los lugares que funcionaron como centros cl Artículo 6 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Decláranse sitios de memoria del terrorismo de estado, a los lugares que funcionaron como centros clandestinos de represión ilegal Nacional
Artículo 6.

A fin de preservar como Sitios todos aquellos inmuebles en que se cometieron actos de tortura, exterminio, reducción a servidumbre, desaparición forzada de personas u otros vejámenes, la autoridad de aplicación deberá:

a) Disponer para cada uno de los Sitios, una marca que lo determine como Sitios acompañada de una leyenda alusiva de repudio de los hechos que allí sucedieron. Para el diseño de esta marca, la autoridad de aplicación deberá llamar a concurso público cuyo jurado estará integrado a propuesta de organizaciones de derechos humanos con reconocida trayectoria en la lucha por la memoria, la verdad y la justicia. Esta marca será aprobada por la autoridad de aplicación, como convención nacional, aunque no excluyente de otras, para todos los Sitios;

b) Promover todo tipo de actividades educativas, de investigación, capacitación y difusión relacionadas con los hechos allí acaecidos, así como también, relacionados con la defensa irrestricta de los derechos humanos y la plena participación ciudadana como pilares del sistema democrático;

c) Promover, impulsar o auspiciar proyectos específicos de preservación y de recopilación, sistematización y conservación de material documental y testimonial, garantizando la plenaparticipación de los organismos de derechos humanos de reconocida trayectoria;

d) Propiciar la participación de universidades nacionales u otras instituciones educativas paracooperar en el estudio y la investigación sistemática de los hechos históricos acontecidos durante el terrorismo de Estado;

e) Promover la gestión, articulando las áreas específicas del Estado nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, incentivando activamente la participación de la sociedad civil mediante organismos de vasta trayectoria en la promoción y defensa de los derechos humanos, sobrevivientes, familiares de las víctimas y organizaciones sociales;

f) Establecer canales apropiados de consulta permanente con organismos de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil en el diseño de las políticas públicas de memoria.



Nacional Artículo 6 Preservacion, señalizacion y difusion de sitios de memoria del terrorismo de estado
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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