Declaración de zona de desastre en determinados departamentos de la provincia de Santa Fe y Entre Rios (Declaración de zona de desastre en determinados departamentos de la provincia de Santa Fe y Entre Ri) Nacional
Declaración de zona de desastre en determinados departamentos de la provincia de Santa Fe y Entre Rios Nacional
- Artículo 1. Declárase zona de desastre por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días...
- Artículo 2. Créase en el ámbito del Ministerio del Interior el Fondo Especial para la...
- Artículo 3. Destínase una partida especial del Presupuesto Nacional al fondo creado...
- Artículo 4. Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a reestructurar, modificar o reasignar...
- Artículo 5. Autorízase al Poder Ejecutivo nacional a incrementar el endeudamiento...
- Artículo 6. Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a través de los organismos de...
- Artículo 7. Durante el plazo de la emergencia establecido por la presente ley, queda...
- Artículo 8. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional
Otras regulaciones
Créase el sistema nacional para la prevención y mitigación de emergencias y desastres agropecuarios Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional a transferir sin cargo a la Agrupación Mapuche Curruhuinca un inmueble de la Colonia Pastoril Maipú, Departamento Lácar, jurisdicción de la Reserva Nacional Lanín de la Provincia del Neuquén Ley nacional de turismo Creación de la Universidad Nacional de Rafaela - Argentina, con sede central en Rafaela Sistema de Ahorro para el Fomento de la Inversioón en Vivienda CASA DE AHORROMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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