Declaración de utilidad pública y sujetos a expropiación inmuebles sitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Declaración de utilidad pública y sujetos a expropiación inmuebles sitos en la Ciudad Autónoma de Bu) Nacional
Declaración de utilidad pública y sujetos a expropiación inmuebles sitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nacional
- Artículo 1. Declárense de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles sitos...
- Artículo 2. El precio de los inmuebles sujetos a expropiación se determinará de acuerdo...
- Artículo 3. El Poder Ejecutivo nacional cederá, en comodato, los inmuebles expropiados...
- Artículo 4. El comodato al que se refiere el artículo anterior tendrá vigencia mientras...
- Artículo 5. Exímase a la Cooperativa de Trabajo 22 de Mayo Limitada del pago de todo...
- Artículo 6. De conformidad con sus programas específicos y sujeto al cumplimiento de sus...
- Artículo 7. Autorízase al Poder Ejecutivo nacional a efectuar las adecuaciones...
- Artículo 8. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Transferencia a título gratuito a favor de la Universidad Nacional de La Plata el dominio de un Inmueble propiedad del Estado nacional Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018 Determinaciones de Precios en los Contratos de Obra Pública Destinados a Vivienda Desaparición Forzada de Personas Programa de Acción CooperativaMejores juristas





Si yo uso un clip de una persona que apareció en YouTube o en los medios de comunicación para citar lo que dice, ¿puede reclamarme por utilizar su imagen si bien su imagen ya la dispuso públicamente?
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la vía publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la vía publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limítrofes, obviamente con todos los demás requisitos como: registro de conducir, seguro, VTV, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.facebook.com/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc-458484991253517/
WhatsApp: 1149913881
facebook.com/people/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc/10005425715039
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la via publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la via publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limitrofes, obviamente con todos los demas requisitos como: registro de conducir,seguro,vtv, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.facebook.com/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc-458484991253517/
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Buenas tardes. Respecto del art. 58 LS para determinar el plazo de prescripción: desde cuándo la obligación es exigible? Desde la fecha del siniestro, de la denuncia o cuál? Qué actos interrumpen la prescripción? La interposición de una declaratoria puede ser? Gracias!!!
donde dice que la cedula azul es solo para SALIR del pais.... estoy leyendo la ley pero NO vi esa leyenda. gracias
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