Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble del departamento Metán, con destino a la adjudicación en venta a sus ocupantes (Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble del departamento Metán, con dest) Provincia de Salta
Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble del departamento Metán, con destino a la adjudicación en venta a sus ocupantes Provincia de Salta
- Artículo 1. Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble...
- Artículo 2. La Dirección General de Inmuebles efectuará, por si o por terceros, la...
- Artículo 3. Una vez efectivizadas las parcelaciones a que se refiere el artículo 2°,...
- Artículo 4. El Instituto Provincial de Vivienda verificará el cumplimiento de los...
- Artículo 5. Los inmuebles referidos en el artículo 2° se escriturarán a favor de los...
- Artículo 6. Los adjudicatarios de las parcelas que resulten de la aplicación de la...
- Artículo 7. Déjase establecido que del terreno expropiado las superficies que no se...
- Artículo 8. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputarán a las...
- Artículo 9. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Creación del consejo provincial de discapacidad Se prorroga por un año la fecha de entrada en vigencia de la Ley 8.097 Prórroga de la vigencia Leyes 7.125 y 6.583 de Emergencia Económica Adhesión a la Ley Nacional 27.716 Sistema Provincial de Prevención de Tortura y otros tratos o penas crueles inhumanas o degradantesMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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