Declaración de Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación inmueble de la Ciudad de Buenos Aires (Declaración de Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación inmueble de la Ciudad de Buenos Aires) Nacional
Declaración de Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación inmueble de la Ciudad de Buenos Aires Nacional
- Artículo 1. Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado...
- Artículo 2. El inmueble establecido en el artículo 1° de la presente ley será...
- Artículo 3. El Tribunal de Tasaciones de la Nación, de acuerdo a las estipulaciones de...
- Artículo 4. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados al...
- Artículo 5. La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Cultura de...
- Artículo 6. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90)...
- Artículo 7. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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