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Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles ubicados en el Departamento de Junín Artículo 1 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles ubicados en el Departamento de Junín Mendoza
Artículo 1.

Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de los inmuebles ubicados en el Distrito Los Barriales, Departamento de Junín, necesarias para la apertura de la Calle Tiburcio Benegas, entre calle G. R. Tejada y Cura. Los inmuebles a expropiar son:

1. Parte de mayor extensión del inmueble inscripto en la Matrícula N° 314.179 en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, identificado como Fracción 4 del plano N° 11800, archivado en la Dirección General de Catastro, con una superficie afectada de MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (1239.09 m2).

2. Parte de mayor extensión del inmueble inscripto en la Matrícula N° 353.833 en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, identificado como Fracción Afectada a Prolongación de calle Tiburcio Benegas, del plano N° 13271, archivado en la Dirección General de Catastro, con una superficie afectada de MIL DOSCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS CON TRES DECÍMETROS CUADRADOS (1215.03 m2).

3. Parte de mayor extensión del inmueble inscripción N° 23924, tomo 29, Fs. 38 de Junín, en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, sin plano, con una superficie a afectar aproximada de TRES MIL DOSCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS (3207 m2).

4. Parte de mayor extensión del inmueble 2° inscripción al N° 10418, Fs. 14 Tomo 57 par de Junín, en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, identificado como Prolongación calle Tiburcio Benegas, del plano N° 14556, archivado en la Dirección General de Catastro, con una superficie afectada de CUATRO MIL NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (4096.09 m2).

5. Parte de mayor extensión del inmueble inscripto al N° 10446, fs. 69, tomo 57 par en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, con plano N° 8397, archivado en la Dirección General de Catastro, con una superficie a afectar aproximada de MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (1828 m2).

6. Parte de mayor extensión del inmueble inscripto en la Matrícula N° 224.439 en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, con plano N° 12889, archivado en la Dirección General de Catastro, con una superficie a afectar aproximada de MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (1828 m2).

7. Parte de mayor extensión del inmueble inscripto en la Matrícula N° 244.986 en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, con plano N° 12489, archivado en la Dirección General de Catastro, con una superficie a afectar aproximada de CINCO MIL SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (5075 m2).

8. Parte de mayor extensión del inmueble inscripto al N° 16936, Fs. 45 Tomo 58 par de Junín, en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, con plano N° 7919 (no incorporado al sistema), archivado en la Dirección General de Catastro, con una superficie a afectar aproximada de SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (6598 m2).

9. Parte de mayor extensión del inmueble inscripto en la Matrícula N° 420919, en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, identificado como Prolongación de calle Tiburcio Benegas, del plano N° 14136, archivado en la Dirección General de Catastro, con una superficie afectada de DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (2391.36 m2).



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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