Declaración de Emergencia del Sistema Sanitario (Declaración de Emergencia del Sistema Sanitario) Provincia de Mendoza
Declaración de Emergencia del Sistema Sanitario Provincia de Mendoza
- Artículo 1. Emergencia del Sistema Sanitario. Declárase la emergencia del sistema...
- Artículo 2. Contrataciones. Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley de...
- Artículo 3. Las contrataciones que se realicen en virtud de lo establecido en el...
- Artículo 4. Autorízase al Ministro de Salud, Desarrollo Social y Deportes a realizar las...
- Artículo 5. Declárase la emergencia en guardias de pediatría y de los profesionales en...
- Artículo 6. Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Salud,...
- Artículo 7. Ratifíquese el Decreto N° 2649/15 de intervención...
- Artículo 8. La presente Ley es de orden público y entrará a regir a partir de la fecha...
- Artículo 9. El Poder Ejecutivo en la reglamentación de la presente Ley determinará los...
- Artículo 10. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Declaración de utilidad pública y expropiación 9188 Régimen de remuneraciones del personal de la administración pública Intereses Moratorios Normas que rigen los actos, hechos y operaciones relacionados con la administración y control Ratificación de los Decretos 679/23 y Decreto 716/23 mediante el cual se otorga un incremento salarial al personal policial y penitenciarioMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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