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Créase un régimen especial para los servicios de transporte turístico terrestre con el objeto de otorgar los permisos correspondientes para operar en el denominado Artículo 5 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Créase un régimen especial para los servicios de transporte turístico terrestre con el objeto de otorgar los permisos correspondientes para operar en el denominado Nacional
Artículo 5.

A los efectos de gozar del ejercicio de las competencias previstas en la presente ley, las provincias deberán suscribir convenios de vigencia recíproca de autorizaciones, los cuales serán puestos en conocimiento de la Secretaría de Transporte de la Nación. Estos convenios deberán tener especificados los requisitos técnicos, administrativos y legales que deberán cumplir los vehículos y transportistas para acceder a las autorizaciones.

También se comunicará a dicho organismo, respecto a los acuerdos que suscriban las autoridades con competencia en materia de transporte de las provincias involucradas, estableciendo los requisitos y condiciones técnicas, administrativas y legales que deberán cumplimentar los operadores y los vehículos para acceder a las autorizaciones. 



Nacional Artículo 5 Créase un régimen especial para los servicios de transporte turístico terrestre con el objeto de otorgar los permisos correspondientes para operar en el denominado
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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