Créase el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes Artículo 40 Nacional
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Artículo 40. De la reunión anual
El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, junto con el Consejo Federal, organizarán al menos una reunión anual de discusión sobre la situación de las personas privadas de libertad en el país y una evaluación del funcionamiento del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Al efecto, convocarán a los representantes de todos los mecanismos locales. El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura podrá invitar a representantes de los ministerios públicos y poderes judiciales nacionales, federales y provinciales, así como a cualquier otro ente público y a las organizaciones de la sociedad civil, interesadas en el cumplimiento del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes a participar del encuentro. Las conclusiones del encuentro se incluirán en el informe anual correspondiente al período.
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La cedula verde autoriza al dueño a circular por la vía publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la vía publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limítrofes, obviamente con todos los demás requisitos como: registro de conducir, seguro, VTV, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
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Buenas tardes. Respecto del art. 58 LS para determinar el plazo de prescripción: desde cuándo la obligación es exigible? Desde la fecha del siniestro, de la denuncia o cuál? Qué actos interrumpen la prescripción? La interposición de una declaratoria puede ser? Gracias!!!
donde dice que la cedula azul es solo para SALIR del pais.... estoy leyendo la ley pero NO vi esa leyenda. gracias
Estimado envíeme copias del supuesto fallo y lo revisamos.-
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