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Créase el Sistema de Pasantías Educativas en el marco del sistema educativo nacional Artículo 9 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Créase el Sistema de Pasantías Educativas en el marco del sistema educativo nacional Nacional
Artículo 9.

En los acuerdos individuales de pasantías educativas se harán constar como mínimo los siguientes requisitos: a) Nombre y apellido del pasante, número de CUIL y domicilio real; b) Denominación, domicilio y personería de las partes institucionales y datos de las personas autorizadas a suscribir el acuerdo, conforme el convenio; c) Derechos y obligaciones de las partes; d) Plan de pasantía educativa según lo establecido en el artículo 17 de la presente ley; e) Duración, horarios y sede de realización de la pasantía educativa; f) Monto, fecha y lugar de pago de la asignación estímulo; g) Enumeración de las tareas asignadas al pasante; h) Régimen de asistencia y licencias por examen, enfermedad y accidente para el pasante; i) Régimen de la propiedad intelectual de las creaciones e innovaciones que resultaren de la actividad del pasante; j) Nombre y apellido y número de CUIL/CUIT de los tutores y de los docentes guías asignados por las partes referidas en el artículo 1° de la presente ley.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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