Créase el Instituto Universitario Policial Provincial, Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich (Créase el Instituto Universitario Policial Provincial, Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich) Provincia de Buenos Aires
Créase el Instituto Universitario Policial Provincial, Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Créase el Instituto Universitario Policial Provincial "Comisario...
- Artículo 2. Serán objetivos del Instituto Universitario Policial Provincial: a. La...
- Artículo 3. La conducción y administración académica del Instituto Universitario se...
- Artículo 4. Los órganos institucionales de gobierno del Instituto Universitario Policial...
- Artículo 5. El Instituto Universitario estará integrado por aquellas unidades docentes y...
- Artículo 6. La acción académica y docente se ajustará a las pautas establecidas en la...
- Artículo 7. El Instituto Universitario Policial Provincial, sin perjuicio de las...
- Artículo 8. Los docentes de todas las categorías que prevea el Estatuto Académico,...
- Artículo 9. Los cargos docentes serán provistos por concurso de antecedentes y...
- Artículo 10. Hasta tanto se substancien dichos concursos, podrán realizarse designaciones...
- Artículo 11. Los docentes e Investigadores tendrán la libertad de enseñar y la...
- Artículo 12. Deberá procurarse la designación de profesores e investigadores de tiempo...
- Artículo 13. El ingreso en calidad de alumno regular al Instituto Universitario Policial...
- Artículo 14. La participación estudiantil deberá ajustarse a las prescripciones que...
- Artículo 15. Los regímenes de concurrencia contemplarán las siguientes modalidades:...
- Artículo 16. La enseñanza que se imparta en el Instituto Universitario Policial...
- Artículo 17. El Instituto Universitario Policial Provincial fomentará las relaciones con...
- Artículo 18. Forman el patrimonio del Instituto Universitario los bienes inmuebles,...
- Artículo 19. Son recursos del Instituto Universitario Policial Provincial: a. Los...
- Artículo 20. La administración se reglamentará en el Estatuto Académico, en todo de...
- Artículo 21. El Instituto Universitario Policial Provincial, gozará de las mismas...
- Artículo 22. Conjuntamente con la promulgación de la presente Ley, el Poder Ejecutivo...
- Artículo 23. Facúltase al Poder Ejecutivo a contratar especialistas que colaboren con el...
- Artículo 24. Hasta tanto se integren los Órganos de Gobierno y de la Administración del...
- Artículo 25. Las autoridades de las Unidades Docentes y de Investigación que se integren...
- Artículo 26. Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar en el Presupuesto General de Gastos...
- Artículo 27. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Declaración de utilidad pública y expropiación parte del inmueble ubicado en el Partido de Baradero Ejercicio Profesional de la Psicomotricidad Creación de Jusgados en el Poder Judicial Faculta al Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la emergencia sanitaria en el marco del Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal Declaración de Ciudadano Ilustre Post Mortem de la Provincia del artista argentino Oscar Agustín Alejandro Schulz SolariMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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