Creación del citado Programa, destinado a cubrir los requisitos nutricionales de niños hasta los 14 años, embarazadas, discapacitados y ancianos desde los 70 años en situación de pobreza. Autoridad de aplicación. Coordinación. Comisión Nacional de Nutrici
Creación del citado Programa, destinado a cubrir los requisitos nutricionales de niños hasta los 14 años, embarazadas, discapacitados y ancianos desde los 70 años en situación de pobreza. Autoridad de aplicación. Coordinación. Comisión Nacional de Nutrici
- Artículo 1. Créase el Programa Nacional de Nutrición y Alimentación en cumplimiento del...
- Artículo 2. Dicho Programa en la emergencia, está destinado a cubrir los requisitos...
- Artículo 3. La autoridad de aplicación es ejercida en forma conjunta por los Ministerios...
- Artículo 4. Créase para la coordinación del Programa: a) La Comisión Nacional de...
- Artículo 5. Son funciones de la Comisión Nacional de Nutrición y Alimentación entre...
- Artículo 6. Dicha Comisión Nacional de Nutrición y Alimentación será asesorada por...
- Artículo 7. Las comisiones provinciales tienen las siguientes funciones entre otras:...
- Artículo 8. Los municipios tienen las siguientes funciones, entre otras: a)...
- Artículo 9. Créase el Fondo Especial de Nutrición y Alimentación Nacional el que tendrá...
- Artículo 10. El presente Programa será auditado mensualmente por los organismos de...
- Artículo 11. Los planes nutricionales deben ser elaborados dentro de los treinta (30)...
- Artículo 12. Se dispone la unificación y coordinación, a partir de la sanción de la...
- Artículo 13. La Nación acordará con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...
- Artículo 14. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL...
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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