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Creación de la Fundación de Investigaciones Médicas FudIM Artículo 12 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Creación de la Fundación de Investigaciones Médicas FudIM San Juan
Artículo 12. Incompatibilidades

No pueden ser miembros del Consejo de Administración, los que se encuentran comprendidos en algunas de las siguientes situaciones:

a)En estado de quiebra, concurso o interdicción.

b)Ejerciendo cargos electivos, nacionales, provinciales, o municipales.

c)Los actores en juicios contra el Estado Provincial y cualquiera de sus reparticiones, los demandados por la provincia.

d)Los que tengan relaciones financieras o de otro orden con la fundación.

e)Los que con posterioridad a su designación son alcanzados por alguna de las situaciones mencionadas en los incisos precedentes cesan automáticamente en sus cargos.



Provincia de San Juan Artículo 12 Creación de la Fundación de Investigaciones Médicas FudIM
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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