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Creación de la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado Artículo 21 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación de la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado Nacional
Artículo 21.

En el ámbito de la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (EANA S.E.), se constituye un Consejo Consultivo integrado por dos (2) representantes de cada una de las asociaciones de trabajadores y de las organizaciones gremiales inscriptas, representativas del sector y reconocidas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que cuenten con afiliados dentro de la Sociedad; con cuatro (4) representantes de la industria y cuatro (4) representantes de la Comunidad Académica y Científica, todos de trayectoria reconocida. El Consejo interviene en el tratamiento de las cuestiones técnicas que el Directorio le proponga. Los dictámenes del Consejo deben ser considerados por el Directorio, para la adopción de todas aquellas decisiones que hayan justificado la intervención del Consejo. La Asamblea debe reglamentar su funcionamiento y la designación de los representantes.



Nacional Artículo 21 Creación de la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (EANA S.E.)
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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