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Creación de la Dirección General del Patronato de Liberados en el ámbito del Ministerio de Gobierno Artículo 2 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Creación de la Dirección General del Patronato de Liberados en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia Entre Ríos
Artículo 2. MISIÓN

Serán misiones de la Dirección General del Patronato de Liberados, además de lo establecido en el articulo 1°, las siguientes:

a) Contribuir a la reinserción social, familiar, educativa y laboral de todas las personas a las que se les ha otorgado el beneficio jurídico de la libertad condicional y/o asistida, ejecución condicional y suspensión de juicio a prueba, como así también el control del cumplimiento de las normas de conductas impuestas a dichas personas por los Juzgados Federales con competencia en la Provincia de Entre Rios, Juzgados de Ejecución de Penas de la Provincia de Entre Ríos o autoridad análoga o similar con competencia en nuestra Provincia;

b) Potenciar la interacción con todos los órganos del Poder Judicial, tanto de la Justicia Ordinaria Provincial como Federal en el fuero penal;

c) Optimizar la coordinación de esta Dirección con los distintos estamentos del Poder Judicial;

d) Abordar preventivamente los factores que contribuyen a la reincidencia;

e) Fortalecer las redes institucionales relacionadas con la reinserción social;

f) Generar espacios de concientización acerca de la problemática social abordada por esta Dirección;

g) Fomentar y construir espacios de elaboración de políticas conjuntas intra e interministeriales;

h) Fortalecer la descentralización operativa para una mejor gestión de recursos y cumplimiento de las funciones de la Dirección General del Patronato;

i) Promover, informar y asesorar en materia de su competencia al Poder Ejecutivo u otros organismos públicos o privados de jurisdicción provincial o nacional, contribuyendo al estudio de las reformas de la legislación vinculada a su materia;

j) Realizar tareas de investigación y llevar estadísticas sobre la ejecución de la pena en libertad.



Provincia de Entre Ríos Artículo 2 Creación de la Dirección General del Patronato de Liberados en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, en la órbita de la Secretaria de Justicia
Artículo 1 2 3 4 ...30

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la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


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