Imprimir

Constitución Artículo 77 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/04/2026

Constitución Salta
Artículo 77. PLANIFICACION. CONSULTA A LOS SECTORES INTERESADOS

Los poderes públicos, en consulta con los sectores productivos y del trabajo interesados, sancionan planes económico-sociales indicativos para el sector privado de la economía e imperativos para el sector público provincial y municipal. Dichos planes procuran el desarrollo equilibrado y armonioso de la Provincia, conjugando los intereses de sus diversas regiones con los de las provincias del noroeste argentino y de la Nación.

Por ley se crea el Consejo Económico Social integrado por representantes de la producción, el trabajo, la cultura, la ciencia y la tecnología. Dicho Consejo es órgano de consulta de los poderes públicos. Es obligatorio consultarlo previamente en el caso de planes económico-sociales, culturales, científicos y tecnológicos.



Provincia de Salta Artículo 77 Constitución 22 de Abril de 1998
Artículo 1 ...75 76 77 78 79 ...185

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?


Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?


Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse