Constitución Artículo 57 Provincia del Neuquén
Constitución Neuquén
Artículo 57. Sufragio
El sufragio popular es un derecho que corresponde a todos los ciudadanos y a la vez una función política que tienen el deber de ejercer con arreglo a esta Constitución y a la ley respectiva.
Provincia del Neuquén Artículo 57 Constitución
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Si mi empleador se va a vivir al extranjero que me corresponde como indemnización. He trabajado con retiro durante 15 años. Me está avisando con 3 meses de antelación
Una "amiga" esta difundiendo por redes sociales una decisión personal que tome de mi sexualidad, ¿se puede hacer algo al respecto?
Era una decisión de la cual solo sabia mi madre, mi pareja y ella
Por falta de casco de acompañante de moto te pueden secuestrar la moto?
el turno vespertino enestudios superiores a partir de qué hora es? en dónde está explicitado?
Si la caducidad de instancia no procede en segunda instancia, qué se hace con un expediente que lleva más de un año sin compulsarse por quien interpuso el recurso?? Soy de Mendoza
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