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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 570 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial Tucumán
Artículo 570. CASOS DE APLICACIÓN

Quedarán sometidos a las reglas que más abajo se establecen:

1. Las informaciones que las leyes exijan para la realización de determinados actos jurídicos.

2. El otorgamiento de autorizaciones para contraer matrimonio a favor de menores que carezcan de representantes legales.

3. Las designaciones de tutores y curadores.

4. Las autorizaciones judiciales para realizar actos jurídicos o para comparecer a juicio.

5. En general, cuando fuera necesario demostrar la existencia de hechos que han producido o que están llamados a producir efectos jurídicos, siempre que de ello no se derive perjuicio para persona conocida o determinada.



Provincia de Tucumán Artículo 570 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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