Imprimir

Código Procesal Civil y Comercial Artículo 692 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial La Pampa
Artículo 692. INVENTARIO Y AVALUO JUDICIALES

El inventario y el avalúo deberán hacerse judicialmente: 1°) Cuando la herencia hubiese sido aceptada con beneficio de inventario. 2°) Cuando se hubiere nombrado curador de la herencia. 3°) Cuando lo solicitaren los acreedores de la herencia o de los herederos, o la Dirección General de Rentas y resultare necesario a criterio del juez. 4°) Los oficios dirigidos a oficinas públicas o entidades privadas, que tuvieren por único objeto acreditar el haber del juicio sucesorio, serán presentados directamente por el apoderado o letrado de parte interesada, sin necesidad de previa petición judicial, salvo disposición legal en contrario.



Provincia de La Pampa Artículo 692 Código Procesal Civil y Comercial
Artículo 1 ...690 691 692 693 694 ...762

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse