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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 579 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial Córdoba
Artículo 579. ases para el remate. Incrementos

Los inmuebles saldrán a remate con una base mínima para las posturas que será igual al monto que resulte del informe del inc. 4) del art. 569.

Ese monto podrá ser reducido por el tribunal, a pedido de parte, si el inmueble estuviere ocupado por terceros, según el estado que surja del informe del inc. 5) del art. 569.

Para el remate de derecho personales o posesorios sobre inmuebles, si el tribunal resolviere fijar una base, se tendrá en cuenta ese monto o el que resulte del aforo zonal aplicado a la superficie del inmueble, con la reducción que el tribunal estimare conveniente en razón de la naturaleza de esos derechos.

El remate de bienes muebles se ordenará sin base.

No se admitirán posturas con incrementos sobre la anterior inferiores al uno por ciento de la base.

Caundo los bienes fueren puestos a subasta sin base, el tribunal fijará prudencialmente el monto mínimo del incremento de las posturas.

Provincia de Córdoba Artículo 579 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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