Imprimir

Código Electoral y de Partidos Políticos Artículo 40 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro
Artículo 40. Libros obligatorios

Las Juntas Electorales Municipales y Comunales llevarán un libro sellado y rubricado por el Tribunal Electoral de la Provincia, en el cual se labrarán por riguroso orden de presentación las actas correspondientes a cada inscripción de extranjeros y en las que se dejará constancia de:

a) Fecha de la solicitud.

b) Número de orden.

c) Nombre, apellido, nacionalidad, documento de identidad, fecha de nacimiento, profesión y domicilio del solicitante.

d) La firma del presidente y por lo menos de uno de los vocales.

e) También del comprobante con que el interesado acreditó su condición de residente por un período de tres (3) años interrumpidos en la jurisdicción municipal o comunal.

Provincia de Río Negro Artículo 40 Código Electoral y de Partidos Políticos
Artículo 1 ...38 39 40 41 42 ...242

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse