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Código de Justicia Militar Artículo 312 Nacional


Derogado

Código de Justicia Militar Nacional
Artículo 312.

La simple detención se convertirá en prisión preventiva, cuando concurran las tres circunstancias siguientes: 1 Qué esté debidamente comprobada la existencia de una infracción que este código reprima con muerte, reclusión, prisión, degradación o confinamiento; 2 Que al detenido se le haya tomado declaración indagatoria y se le haya hecho conocer la causa de su detención; 3 Que haya datos suficientes, a juicio del instructor, para creer que el detenido es responsable del hecho probado.

Nacional Artículo 312 CJM
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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