Código Contencioso Administrativo y Tributario Artículo 269 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código Contencioso Administrativo y Tributario Ciudad de Buenos Aires
Artículo 269. Requisitos de la demanda
La demanda es deducida por escrito y contiene:
1) Nombre y apellido completo del/la actor/a, número y especie del documento de identidad, domicilio real y domicilio especial constituido dentro de la jurisdicción del tribunal competente.
2) Mención de la parte demandada y su domicilio o sede;
3) La individualización y contenido del acto impugnado, si lo hubiera, precisándose en qué forma y por qué dicho acto agravia el derecho o interés de la actora;
4) Los hechos en que se funde, explicados con claridad y precisión;
5) El derecho expuesto sucintamente;
6) La justificación de la competencia del tribunal;
7) El ofrecimiento de toda la prueba de que se va a hacer uso en el juicio, debiendo indicarse los puntos necesarios para las pericias y pedidos de informes;
8) La petición en términos claros y positivos.
9) El monto reclamado o su estimación, si es posible
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 269 Código Contencioso Administrativo y Tributario
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios