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Caja de previsión social de los agentes civiles del Estado Artículo 47 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Caja de previsión social de los agentes civiles del Estado Santa Fe
Artículo 47.

La Caja estará administrada por un Directorio compuesto por cinco (5) miembros titulares.

Uno será designado por el Poder Ejecutivo, uno por los afiliados activos y uno por los afiliados pasivos, que surgirán de las circunscripciones judiciales 1, 4 y 5; uno por los activos y otro por los pasivos correspondientes a las circunscripciones 2 y 3. Todos ellos serán elegidos directamente por sus pares. Cuando por razones de fuerza mayor, no se hubiere realizado la elección de los miembros representantes de los afiliados, el mandato de los actuantes quedará prorrogado hasta tanto se supere el inconveniente de fuerza mayor.

Para ser miembro del Directorio se requiere:

a) No tener pendiente proceso criminal por delito doloso, o no haber sido condenado por igual delito ni ser fallido.

b) No haber sido exonerado de la Administración Pública Nacional, Provincial ni Municipal, salvo rehabilitación.

c) Acreditar idoneidad para el desempeño del cargo.



Provincia de Santa Fe Artículo 47 Caja de previsión social de los agentes civiles del Estado
Artículo 1 ...46 46 bis 47 48 49 ...66

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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