Imprimir

Bases jurídicas, políticas e institucionales del sector de seguridad pública de la provincia Artículo 19 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Bases jurídicas, políticas e institucionales del sector de seguridad pública de la provincia Mendoza
Artículo 19.

Serán incompatibles las funciones de los Coordinadores de Seguridad con las siguientes:

1- Ejercer cargos públicos electivos o aspirar a ellos durante el desempeño de su función. No podrán valerse directa o indirectamente de sus funciones para realizar proselitismo o acción política.

2- Pertenecer o haber pertenecido a las Fuerzas Armadas o de Seguridad, nacionales o provinciales, públicas o privadas como personal en actividad o retirado.

3- Desempeñar cargos políticos partidarios o haberlos desempeñado en los últimos dos (2) años.

4- Revistar como funcionario o agente de la Administración Pública nacional, provincial o municipal, con excepción de actividades de docencia e investigación.



Provincia de Mendoza Artículo 19 Bases jurídicas, políticas e institucionales del sector de seguridad pública de la provincia
Artículo 1 ...17 18 19 20 21 ...38

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse