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Autorización de entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida de fuerzas nacional Artículo 1 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025

Autorización de entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida de fuerzas nacionales Nacional
Artículo 1.

Autorízase la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuera de él de fuerzas nacionales, según corresponda, para participar en los ejercicios contemplados en el Programa de Ejercitaciones Combinadas a realizarse desde el 1º de septiembre de 2020 hasta el 31 de agosto de 2021. Los ejercicios combinados que componen el presente Programa Anual se detallan en los Anexos I: "ACRUX X", II: "ATLASUR", III: "FRATERNO", IV: "IBSAMAR", V: "INALAF", VI: "INTEGRACIÓN", VII: "PASSEX", VIII: "SAREX", IX: "UNITAS ANFIBIO", X: "UNITAS ATLÁNTICO", XI: "EXPONAVAL", XII: "VIEKAREN", XIII: "ARANDÚ", XIV: "TANQUE", XV: "RÍO", XVI: "ARPA" y XVII: "ÁRBOL", los cuales forman parte integrante de la presente ley.



Nacional Artículo 1 Autorización de entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida de fuerzas nacionales
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


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