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Autorización al Poder Ejecutivo para contraer un préstamo con el Fondo Fiduciario Artículo 3 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Autorización al Poder Ejecutivo para contraer un préstamo con el Fondo Fiduciario San Juan
Artículo 3.

El prestamo sera integrado por la Provincia al fondo fiduciario para el Desarrollo Provincial (FFDP)de acuerdo con las siguientes condiciones: el capital se reembolsara en cuarenta y dos (42) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a partir del septimo mes de que se acreditó el Prestamo, Plazo de gracia: seis (6) meses contados a partir del desembolso; interés en cuarenta y ocho (48) cuotas, que se devengaran a partir del desembolso y seran pagaderos mensualmente,siendo el primer vencimiento el último dia habil del mes siguiente al desembolso, aplicando una tasa interés BADLAR bancos privados, vigente al dia habíl anterior al comienzo del periódo de intereses.



Provincia de San Juan Artículo 3 Autorización al Poder Ejecutivo para contraer un préstamo con el Fondo Fiduciario
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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