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Apruébase el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004 Artículo 61 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Apruébase el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004 Nacional
Artículo 61.

Facúltase al señor Jefe de Gabinete de Ministros a disponer el diferimiento de las obligaciones, cualquiera sea su naturaleza, de la administración central, conforme se la define en el artículo 8º, inciso a) de la Ley 24.156 de administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional, de causa o título anterior al 31 de diciembre de 2001 no alcanzadas por lo dispuesto en el artículo 59 de la presente Ley ni por la consolidación dispuesta en las Leyes 23.982, 25.344, 25.565 y 25.725, hasta que el Poder Ejecutivo nacional declare la finalización del proceso de reestructuración de la deuda pública del gobierno nacional.

Quedan exceptuadas de lo dispuesto en el párrafo precedente las obligaciones de carácter previsional y las obligaciones de la Caja Nacional de Ahorro y Seguro, en liquidación, provenientes de seguros de vida por fallecimiento y por incapacidad total y absoluta.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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